MERCANTILES

Artículo IUS 817813. ACEPTANTE DE UNA LETRA DE CAMBIO.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

ACEPTANTE DE UNA LETRA DE CAMBIO.

Conforme al artículo 491 del Código de Comercio, sólo puede oponerse a la ejecución alegando la falsedad de la letra o de la aceptación de la misma, que se refiere a la falta de autenticidad o a la alteración del documento, pero no a la falsedad civil del contrato, que es una excepción completamente distinta.

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Registro digital (IUS): 817813

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1932; Pág. 345

Precedentes

Amparo en Revisión 1617/932. Martínez Ceballos José. 23 de julio de 1932. La publicación no menciona el sentido de la votación, ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817813 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817813 de la J. Mercantiles SCJN?

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