Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Aun cuando el artículo 1044 fracción I del Código de Comercio quejó derogado conforme al artículo 165 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Créditos, debe decirse que la acción proveniente de un pagaré mercantil prescribe en tres años, por ser aplicables a los pagarés las disposiciones relativas a las letras de cambio en materia de prescripción, según lo previene el artículo 174 de la misma ley.
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Registro digital (IUS): 817859
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1947; Pág. 50
Amparo directo 8756/42. Hernández Arcadio H. 15 de enero de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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