MERCANTILES

Artículo IUS 817859. PAGARE MERCANTIL, PRESCRIPCION DEL.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

PAGARE MERCANTIL, PRESCRIPCION DEL.

Aun cuando el artículo 1044 fracción I del Código de Comercio quejó derogado conforme al artículo 165 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Créditos, debe decirse que la acción proveniente de un pagaré mercantil prescribe en tres años, por ser aplicables a los pagarés las disposiciones relativas a las letras de cambio en materia de prescripción, según lo previene el artículo 174 de la misma ley.

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Registro digital (IUS): 817859

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1947; Pág. 50

Precedentes

Amparo directo 8756/42. Hernández Arcadio H. 15 de enero de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817859 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817859 de la J. Mercantiles SCJN?

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