Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Si la parte quejosa no impugna las consideraciones hechas por el juzgador para estimar como prueba plena una información testimonial, sino que en términos generales se refiere a la infracción de los artículos del Código de Procedimientos Civiles que fijan la forma de evaluarla, la Sala no debe hacer el estudio general de esa prueba.
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Registro digital (IUS): 817863
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1947; Pág. 57
Amparo directo 2041/44. Marroquín de González Emilia. 8 de septiembre de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 817860. POSESION.
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