MERCANTILES

Artículo IUS 818075. FIANZA EN EL AMPARO, CANCELACION DE LA.

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

FIANZA EN EL AMPARO, CANCELACION DE LA.

Las garantías otorgadas en los incidentes de suspensión de un juicio de amparo, no pueden cancelarse, aunque haya dejado de producir efectos por cualquier causa, sin dar vista al tercero perjudicado de la sociedad del quejoso, y sin su conformidad, a no ser que se demuestre que con motivo de la suspensión no se le causaron al tercero perjudicado los daños y perjuicios que garantiza la caución, o que éstos hubiesen prescrito o que le fueron pagados con anterioridad.

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Registro digital (IUS): 818075

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIII, Cuarta Parte; Pág. 30

Precedentes

Queja 237/62. Rafael Padilla Ortiz, sucesión de. 3 de julio de 1963. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 818075 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 818075 de la J. Mercantiles SCJN?

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