Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala
Siendo una persona apoderado de la Dirección de Pensiones Civiles para representarla en juicio, no se concibe que ignorara circunstancias que eran de hacerse valer en su defensa, y que no tuviera capacidad para afirmar hechos inherentes al ejercicio de su mandato.
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Registro digital (IUS): 818440
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LIII, Cuarta Parte; Pág. 72
Amparo directo 7591/59. Dirección de Pensiones Civiles. 23 de noviembre de 1961. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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