MERCANTILES

Artículo IUS 818449. ARRENDAMIENTO. CAMBIO DE DESTINO DE LA LOCALIDAD ARRENDADA.

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

scjn-jurisprudencias-mercantilestesis_aisladasexta-Épocacivil

Texto Legal

ARRENDAMIENTO. CAMBIO DE DESTINO DE LA LOCALIDAD ARRENDADA.

No es a la parte demandada a quien corresponde demostrar que no ha variado el uso de la localidad arrendada, sino que es a la actora a quien compete demostrar los hechos fundatorios de su acción, como lo previene el artículo 281 del Código de Procedimientos Civiles, y en estas condiciones, la circunstancia de que la demandada no rinda prueba alguna eficaz para demostrar que no varió el uso fijado para la localidad arrendada, no implica que el actor haya justificado su acción.

---

Registro digital (IUS): 818449

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIII, Cuarta Parte; Pág. 11

Precedentes

Amparo directo 4466/62. José Ferrera García. 24 de julio de 1963. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 818449 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 818449 de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 818449 del MERCANTILES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 818449 MERCANTILES desde tu celular