MERCANTILES

Artículo XI.3o.15 C . CERTIFICACIÓN CONTABLE JUNTO CON EL CONTRATO DE CRÉDITO, CONSTITUYEN TÍTULO EJECUTIVO, AUN CUANDO NO SE HAYA CALCULADO CORRECTAMENTE EL IMPORTE DE LOS INTERESES.

Tesis aislada · Novena Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

CERTIFICACIÓN CONTABLE JUNTO CON EL CONTRATO DE CRÉDITO, CONSTITUYEN TÍTULO EJECUTIVO, AUN CUANDO NO SE HAYA CALCULADO CORRECTAMENTE EL IMPORTE DE LOS INTERESES.

Si en la certificación contable presentada con la demanda, aparece que en algunas mensualidades no se calcularon los intereses ordinarios sobre el instrumento bancario elegido, agregando los puntos adicionales que fueron pactados; ello no impide considerar que ese documento, junto con el contrato de crédito, integran el título ejecutivo a que se refiere el artículo 68 de la Ley de Instituciones de Crédito, porque, en todo caso, el error en el cálculo de intereses ordinarios debe ser materia de excepción, en la que los demandados impugnan la procedencia de una acción, que se basa en el pago de una obligación calculada apartándose de lo convenido en el contrato.TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 819290

Clave: XI.3o.15 C

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1998; Pág. 624

Precedentes

Amparo directo 803/97.-Santiago de la Peña Bravo.-5 de marzo de 1998.-Unanimidad de votos.-Ponente: Julio A. Ibarrola González.-Secretaria: Rita Armida Reyes Herrera.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo XI.3o.15 C del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo XI.3o.15 C de la J. Mercantiles SCJN?

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