MERCANTILES

Artículo 300 . AUTORIDADES PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO.

Tesis aislada · Apéndice · Pleno

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Texto Legal

AUTORIDADES PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO.

El término "autoridades" para los efectos del amparo, comprende a todas aquellas personas que disponen de la fuerza pública en virtud de circunstancias, ya legales, ya de hecho, y que, por lo mismo, estén en posibilidad material de obrar como individuos que ejerzan actos públicos, por el hecho de ser pública la fuerza de que disponen.

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Registro digital (IUS): 819556

Clave: 300

Fuente: Apéndice de 1988

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; Apen.; Pleno; Ap. 1988; Parte II; Pág. 519

Precedentes

Quinta Época:Tomo IV, Pág. 1067. Torres Marcolfo F.Tomo XXIX, Pág. 1180. Rodríguez Calixto A.Tomo XXXIII, Pág. 2942. Díaz Barriga Miguel.Tomo LXV, Pág. 2931. Sandi Mauricio.Tomo LXX, Pág. 2262. Moral Portilla Jorge del.Esta tesis apareció publicada, con el NUMERO 75, en el Apéndice 1917-1985, OCTAVA PARTE, Pág. 122.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 300 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Apéndice · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 300 de la J. Mercantiles SCJN?

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