PENALES

Artículo I.6o.P.3 P (10a.). PRISIÓN PREVENTIVA. SI EL JUEZ EN LA SENTENCIA OMITE COMPUTARLA PARA QUE SE DESCUENTE DE LA PENA IMPUESTA Y CONFIERE DICHA ATRIBUCIÓN A LA AUTORIDAD EJECUTORA VIOLA EL ARTÍCULO 20, APARTADO A, FRACCIÓN X, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, EN SU TEXTO ANTERIOR A LA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 18 DE JUNIO DE 2008 Y, POR ENDE, PROCEDE CONCEDER EL AMPARO PARA EL EFECTO DE QUE LA AUTORIDAD JUDICIAL DETERMINE EL CÓMPUTO RESPECTIVO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

PRISIÓN PREVENTIVA. SI EL JUEZ EN LA SENTENCIA OMITE COMPUTARLA PARA QUE SE DESCUENTE DE LA PENA IMPUESTA Y CONFIERE DICHA ATRIBUCIÓN A LA AUTORIDAD EJECUTORA VIOLA EL ARTÍCULO 20, APARTADO A, FRACCIÓN X, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, EN SU TEXTO ANTERIOR A LA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 18 DE JUNIO DE 2008 Y, POR ENDE, PROCEDE CONCEDER EL AMPARO PARA EL EFECTO DE QUE LA AUTORIDAD JUDICIAL DETERMINE EL CÓMPUTO RESPECTIVO.

El artículo 20, apartado A, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su texto anterior a la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008, señala como garantía del inculpado que en toda pena de prisión que imponga una sentencia se computará el tiempo de la detención. Por otro lado, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia por contradicción de tesis 1a./J. 91/2009, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXX, noviembre de 2009, página 325, de rubro: "PRISIÓN PREVENTIVA. CORRESPONDE AL JUZGADOR, AL DICTAR LA SENTENCIA, COMPUTAR EL TIEMPO DE AQUÉLLA PARA QUE SE DESCUENTE DE LA PENA IMPUESTA.", determinó que corresponde a la autoridad jurisdiccional señalar en la sentencia definitiva, el lapso que el procesado estuvo recluido en prisión preventiva, esto es, desde que fue aprehendido con motivo de los hechos que se le atribuyen hasta el día del dictado de la sentencia ejecutoriada para que se descuente de la pena de prisión impuesta. En ese sentido, si la autoridad judicial fue omisa en realizar tal cómputo, y esa atribución la confirió a la autoridad ejecutora, debe estimarse que ello es un acto que afecta la libertad personal que viola el citado artículo 20, apartado A, fracción X, de la Constitución Federal. Por tanto, debe concederse el amparo para que la autoridad judicial, aun cuando no haya intervenido en el juicio de garantías, determine la prisión preventiva que debe abonarse a la compurgación de la pena de prisión y lo comunique a la autoridad ejecutora de sanciones penales, para que lo acate en sus términos.SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2000427

Clave: I.6o.P.3 P (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VI, Marzo de 2012; Tomo 2; Pág. 1325

Precedentes

Amparo en revisión 193/2011. 10 de noviembre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Lara Hernández. Secretario: Gerardo Flores Zavala.Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 323/2022 del índice de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la que por ejecutoria del 22 de febrero de 2023, determinó que el criterio contenido en esta tesis no participa en la contradicción, porque para resolverlo no tomó en cuenta la misma legislación que los órganos contendientes, por lo que no puede sostenerse que exista discrepancia en ese sentido. De dicha contradicción derivó la tesis jurisprudencial 1a./J. 86/2023 (11a.), de rubro: "CÓMPUTO DE LA PRISIÓN PREVENTIVA O ARRESTO DOMICILIARIO EN ABONO A LA PENA IMPUESTA. CORRESPONDE A LA JUEZA O EL JUEZ DE EJECUCIÓN, QUIEN SERÁ AUXILIADO POR LA AUTORIDAD PENITENCIARIA Y EL TRIBUNAL DE ENJUICIAMIENTO RESPECTIVO."

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.6o.P.3 P (10a.) del PENALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.6o.P.3 P (10a.) de la J. Penales SCJN?

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