PENALES

Artículo XV.5o.1 P (10a.). CULPABILIDAD. PARA GRADUARLA EN LOS DELITOS CALIFICADOS NO DEBEN TOMARSE EN CUENTA LAS AGRAVANTES DEL ILÍCITO PARA DETERMINAR EL GRADO DE PELIGROSIDAD DEL SUJETO ACTIVO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

CULPABILIDAD. PARA GRADUARLA EN LOS DELITOS CALIFICADOS NO DEBEN TOMARSE EN CUENTA LAS AGRAVANTES DEL ILÍCITO PARA DETERMINAR EL GRADO DE PELIGROSIDAD DEL SUJETO ACTIVO.

El delito en su forma de comisión simple se castiga con un rango de penalidad determinado. Si es calificado, su punición es mayor. Por ese motivo, al graduar la culpabilidad del sujeto activo en este último rango no deben tomarse en cuenta las agravantes del ilícito (pues éstas ya fueron ponderadas, al tener un rango de punición mayor que en su comisión simple), para determinar su grado de peligrosidad; sino que dicha circunstancia debe valorarse a partir de lo que el propio hecho delictuoso refleje y demuestre qué tan peligroso resulta para la sociedad, esto es, dada la personalidad y características del delincuente y del delito cometido, qué tan probable es que vuelva a delinquir, lo que incidirá en que a mayor peligro mayor grado de culpabilidad tendrá y viceversa, a menor peligrosidad menos culpa.QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2001612

Clave: XV.5o.1 P (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XII, Septiembre de 2012; Tomo 3; Pág. 1688

Precedentes

Amparo directo 101/2011. 8 de marzo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Polo Rosas Baqueiro. Secretario: Jorge Rodríguez Pérez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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