Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
El citado precepto prevé un tipo penal que requiere que el sujeto activo tenga la calidad específica de propietario, al señalar en el párrafo primero, que tal conducta tiene lugar precisamente en un inmueble de éste, la cual se agravará de acuerdo al párrafo tercero, cuando recaiga en bienes inmuebles de naturaleza ejidal. De ahí que la sentencia dictada por la comisión del mencionado ilícito, atribuida a un particular que no reúne esa condición de propietario, resulta violatoria del principio de exacta aplicación de la ley en materia penal, contenido en el artículo 14 de la Constitución Federal, pues conforme a los artículos 9o. y 33 de la Ley Agraria, corresponde la propiedad de esas tierras en el caso a examen, a los núcleos de población ejidal o ejidos a través de sus representantes.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
---
Registro digital (IUS): 2001617
Clave: III.2o.P.5 P (10a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XII, Septiembre de 2012; Tomo 3; Pág. 1693
Amparo directo 437/2011. 17 de mayo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: María de los Ángeles Estrada Sedano, secretaria de tribunal autorizada en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para desempeñar las funciones de Magistrada. Secretario: Omar Humberto Romero Romero.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. XV.5o.1 P (10a.). CULPABILIDAD. PARA GRADUARLA EN LOS DELITOS CALIFICADOS NO DEBEN TOMARSE EN CUENTA LAS AGRAVANTES DEL ILÍCITO PARA DETERMINAR EL GRADO DE PELIGROSIDAD DEL SUJETO ACTIVO.
Siguiente
Art. IUS 800500. ORDEN DE APREHENSION. NO SE TRATA DE ACTO INMINENTE EL LIBRAMIENTO DEL EXHORTO PARA EJECUTARLA.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo