PENALES

Artículo I.5o.P.10 P (10a.). HOMICIDIO Y FEMINICIDIO. SUS SIMILITUDES Y DIFERENCIAS (LEGISLACIÓN PENAL DEL DISTRITO FEDERAL).

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

HOMICIDIO Y FEMINICIDIO. SUS SIMILITUDES Y DIFERENCIAS (LEGISLACIÓN PENAL DEL DISTRITO FEDERAL).

Los delitos en cita, previstos y sancionados, respectivamente, en los artículos 123 y 148 Bis del Código Penal para el Distrito Federal, si bien, acorde a su título primero, donde se contienen, corresponden a aquellos ilícitos contra la vida y conforme a su estructura típica guardan ciertas similitudes, pues el segundo, al tratarse de un tipo especial y derivar del primero, participa en algunos de sus elementos conformadores (vgr. privar de la vida), no menos verdad es que dada esa naturaleza (especial), se incluyen otros componentes que lo distinguen (por ejemplo, en cuanto a la calidad específica del sujeto pasivo, pues requiere que sea mujer; además que esa privación de la vida debe obedecer a razones de género; a saber, cuando la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; se le hayan infligido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones, previas o posteriores a la privación de la vida, etcétera) y por tanto, lo revisten de autonomía con una estructura jurídica unitaria, contenido y ámbito de aplicación propios y marco de punibilidad autónomo; diferencia entre ambos tipos que queda contrastada aún más atendiendo a la ratio legis de la precitada figura especial, en virtud a que su creación deriva de la respuesta del Estado Mexicano -en el caso particular, de la legislación local-, al clamor y exigencia internacional de implementar mecanismos para prevenir, combatir y sancionar el creciente fenómeno de "homicidios" en contra de mujeres, por motivo de género.QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2002312

Clave: I.5o.P.10 P (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XV, Diciembre de 2012; Tomo 2; Pág. 1336

Precedentes

Amparo en revisión 83/2012. 20 de septiembre de 2012. Unanimidad de votos, con salvedad del Magistrado Juan Wilfrido Gutiérrez Cruz. Ponente: Enrique Escobar Ángeles. Secretario: Marco Antonio Ortiz Mejía.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.5o.P.10 P (10a.) del PENALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.5o.P.10 P (10a.) de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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