Tesis aislada · Décima Época · Pleno
El estudio de la competencia constituye una cuestión de previo y especial pronunciamiento que, de resultar fundada, hace innecesario el análisis de los demás planteamientos. Así, cuando se estime fundado el concepto de violación que controvierte la incompetencia del Juez responsable que emitió un auto de formal prisión, resulta ocioso que el Juez de amparo se ocupe de los demás que el quejoso hizo valer en la demanda, en los que impugnó dicho acto por vicios propios, al resultar innecesario su estudio.
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Registro digital (IUS): 2002972
Clave: P. IV/2013 (10a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 10a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVIII, Marzo de 2013; Tomo 1; Pág. 359
Amparo en revisión 134/2012. 30 de agosto de 2012. Mayoría de seis votos; votaron en contra: Sergio Salvador Aguirre Anguiano, José Ramón Cossío Díaz, Margarita Beatriz Luna Ramos y José Fernando Franco González Salas. Ausente: Sergio A. Valls Hernández. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretaria: Ana Carolina Cienfuegos Posada.El Tribunal Pleno, el catorce de febrero en curso, aprobó, con el número IV/2013 (10a.), la tesis aislada que antecede. México, Distrito Federal, a catorce de febrero de dos mil trece.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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