Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
La fuerza física irresistible suprime la conducta como elemento del delito y por tanto éste es inexistente; aquí el sujeto obra, produciendo un resultado ilícito, sin voluntad, sirviendo de simple instrumento a la actuación de una fuerza extraña que le ha servido de impulso y cuyo poder no ha sido vencido.
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Registro digital (IUS): 802365
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Segunda Parte; Pág. 70
Amparo directo 5191/48. José Terrón López. 17 de marzo de 1959. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. P. IV/2013 (10a.). AMPARO EN CONTRA DEL AUTO DE FORMAL PRISIÓN. AL HABER RESULTADO FUNDADO EL CONCEPTO DE VIOLACIÓN RELATIVO A LA INCOMPETENCIA DEL JUEZ QUE LO DICTÓ, ES INNECESARIO EL ANÁLISIS DE LOS DEMÁS PLANTEAMIENTOS QUE LO COMBATEN POR VICIOS PROPIOS.
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Art. IUS 802368. PARTICIPACION DELICTUOSA.
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