PENALES

Artículo VI.2o.P.12 P (10a.). SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO EN MATERIA PENAL. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA PARA EL EFECTO DE DEJAR EN LIBERTAD A UN PROCESADO, APLICANDO EL PRINCIPIO DE LA APARIENCIA DEL BUEN DERECHO, SI ÉSTE ALEGA QUE A SU COINCULPADO SE LE OTORGÓ LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL EN UN DIVERSO AMPARO Y POR EL MISMO ACTO RECLAMADO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO EN MATERIA PENAL. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA PARA EL EFECTO DE DEJAR EN LIBERTAD A UN PROCESADO, APLICANDO EL PRINCIPIO DE LA APARIENCIA DEL BUEN DERECHO, SI ÉSTE ALEGA QUE A SU COINCULPADO SE LE OTORGÓ LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL EN UN DIVERSO AMPARO Y POR EL MISMO ACTO RECLAMADO.

Aunque a un coinculpado se le haya concedido la protección constitucional en otro juicio de amparo contra el mismo acto reclamado de la autoridad judicial en el proceso penal, no puede otorgarse la suspensión al quejoso aplicando el principio de la apariencia del buen derecho, y con ello ponerlo en inmediata libertad, anticipando que el amparo habrá de concedérsele, en tanto el artículo 136 de la Ley de Amparo establece los lineamientos que deben seguirse cuando se reclama un acto que emana de un procedimiento penal y que afecta la libertad personal, por lo que no hay razón para que el citado principio desplace a la solución normativa.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2003424

Clave: VI.2o.P.12 P (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIX, Abril de 2013; Tomo 3; Pág. 2297

Precedentes

Queja 71/2012. 5 de octubre de 2012. Mayoría de votos. Disidente: José Mario Machorro Castillo. Ponente: Margarito Medina Villafaña. Secretaria: Matilde Garay Sánchez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo VI.2o.P.12 P (10a.) del PENALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo VI.2o.P.12 P (10a.) de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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