PENALES

Artículo III.2o.P.42 P (10a.). PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO SIN LICENCIA. INCUMPLIR ALGUNO DE LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN EL PERMISO DE LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL PARA TRANSPORTARLA, NO ACTUALIZA EL ELEMENTO NORMATIVO "SIN EL PERMISO CORRESPONDIENTE" DE DICHO DELITO, SINO UNA INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONOCIMIENTO DE ESA DEPENDENCIA.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO SIN LICENCIA. INCUMPLIR ALGUNO DE LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN EL PERMISO DE LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL PARA TRANSPORTARLA, NO ACTUALIZA EL ELEMENTO NORMATIVO "SIN EL PERMISO CORRESPONDIENTE" DE DICHO DELITO, SINO UNA INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONOCIMIENTO DE ESA DEPENDENCIA.

Uno de los elementos normativos del delito de portación de arma de fuego sin licencia previsto y sancionado por el artículo 81 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, lo constituye la frase "sin el permiso correspondiente"; luego, si al quejoso se le encontró un arma de fuego desabastecida, de las permitidas a los particulares y los tiros útiles se encontraban en una caja por separado, y en ese momento exhibió el permiso otorgado por la Secretaría de la Defensa Nacional para su transportación, así como el de cacería, es inconcuso que no se actualiza el elemento citado, por consiguiente, el delito de referencia; pues aun cuando haya incumplido con alguno de los requisitos que señala el permiso correspondiente (llevarla fuera de su estuche o que no comprobó que se dirigía a un campo de tiro), en todo caso, esto sería constitutivo de una infracción administrativa del conocimiento de esa dependencia.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2005694

Clave: III.2o.P.42 P (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 3, Febrero de 2014; Tomo III; Pág. 2481

Precedentes

Amparo directo 158/2013. 5 de septiembre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis González. Secretaria: Angélica Ramos Vaca.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo III.2o.P.42 P (10a.) del PENALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo III.2o.P.42 P (10a.) de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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