PENALES

Artículo VI.2o.P.24 P (10a.). CULPABILIDAD. LA PONDERACIÓN DE LA CAPACIDAD DEL SENTENCIADO PARA DISTINGUIR "EL BIEN DEL MAL" COMO UN ASPECTO PARA DETERMINAR SU GRADO, ES UNA PRÁCTICA CONTRARIA AL PARADIGMA DEL DERECHO PENAL DE ACTO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

CULPABILIDAD. LA PONDERACIÓN DE LA CAPACIDAD DEL SENTENCIADO PARA DISTINGUIR "EL BIEN DEL MAL" COMO UN ASPECTO PARA DETERMINAR SU GRADO, ES UNA PRÁCTICA CONTRARIA AL PARADIGMA DEL DERECHO PENAL DE ACTO.

Si la autoridad judicial incrementa el grado de culpabilidad del sentenciado argumentando que por su edad, tenía la capacidad de distinguir "el bien del mal", tal conclusión contraviene el paradigma del derecho penal de acto por el que se ha decantado la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que si la autonomía de la persona se encuentra protegida bajo el concepto de dignidad humana a que se refiere su artículo 1o., respetándose la libertad de conciencia y el pensamiento del individuo, no es factible avalar una postura que introduce como parámetro en aquella labor la ponderación de un rasgo del pensamiento del individuo que se hace depender de si puede o no distinguir ciertos conceptos abstractos, en tanto que el derecho penal no puede sancionar la ausencia de determinadas cualidades o la personalidad, sino que está limitado a juzgar actos.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2008838

Clave: VI.2o.P.24 P (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 17, Abril de 2015; Tomo II; Pág. 1712

Precedentes

Amparo directo 110/2014. 24 de julio de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Mejía Ponce de León. Secretario: Francisco Marroquín Arredondo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo VI.2o.P.24 P (10a.) del PENALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo VI.2o.P.24 P (10a.) de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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