Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Cuando el Juez natural ha relacionado entre sí indicios bastantes, derivados de hechos demostrados, para llegar a la conclusión de que un acusado es responsable del delito que se le imputa, el amparo sólo es procedente si se infringieron los principios reguladores de la prueba, se alteraron los hechos o se violó alguno de los principios fundamentales de la lógica.
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Registro digital (IUS): 800872
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIV, Segunda Parte; Pág. 20
Amparo directo 6008/61. Alejandro Jiménez Mejía. 11 de octubre de 1962. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alberto R. Vela.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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