PENALES

Artículo IUS 800916. INCONSCIENCIA, ESTADO DE; REQUIERE PRUEBA TECNICA ESPECIAL.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

INCONSCIENCIA, ESTADO DE; REQUIERE PRUEBA TECNICA ESPECIAL.

Para diagnosticar el estado de inconsciencia, se requieren, por su naturaleza eminentemente psicológica, pruebas técnicas especiales, la confesión, aun tomándola en su integridad, no es idónea para este fin, siendo necesario el dictamen de peritos. En tal virtud, si el quejoso invocó en su defensa un hecho que la exime de responsabilidad, debió promover la prueba conducente y, en ausencia de ella, la autoridad responsable procedió legalmente al estimar que tal circunstancia no había sido demostrada.

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Registro digital (IUS): 800916

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVI, Segunda Parte; Pág. 40

Precedentes

Amparo directo 8453/61. Bernardo Sinohuis Robles. 27 de febrero de 1962. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 800916 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 800916 de la J. Penales SCJN?

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