PENALES

Artículo IUS 801000. REINCIDENCIA (LEGISLACION DE SONORA).

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

REINCIDENCIA (LEGISLACION DE SONORA).

No es exacto que las disposiciones que rigen en materia de reincidencia en los artículo 17 y 65, del Código Penal del Estado de Sonora, sólo se apliquen a los delitos intencionales, porque dichos preceptos no establecen excepciones.

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Registro digital (IUS): 801000

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LI, Segunda Parte; Pág. 90

Precedentes

Amparo directo 4643/61. Ramón Polanco Cárdenas. 21 de septiembre de 1961. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801000 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801000 de la J. Penales SCJN?

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