Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
La calificativa de ventaja sólo es procedente cuando el acusado no corra riesgo alguno de ser muerto o lesionado por el ofendido y aquél no obre en legítima defensa.
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Registro digital (IUS): 801017
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Segunda Parte; Pág. 69
Amparo directo 3590/61. Carmelo de la Cruz de la Cruz. 21 de agosto de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 801013. HOMICIDIO INTENCIONAL (PRETERINTENCIONALIDAD).
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Art. IUS 801019. CONDENA CONDICIONAL, BENEFICIO CUYO OTORGAMIENTO QUEDA AL ARBITRIO DEL JUZGADOR.
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