Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
El espíritu del artículo 90 del Código Penal tiende a que dicho beneficio sólo lo disfruten los delincuentes primarios que tengan modo honesto de vivir, y no puede reputarse como modo honesto de vida el que un individuo explote el cuerpo de una mujer y regentee un establecimiento dedicado indirectamente al comercio carnal.
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Registro digital (IUS): 801135
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXX, Segunda Parte; Pág. 39
Amparo directo 3695/57. Francisco Huing o Mui Hong Hui. 26 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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