Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Aun suponiendo que sólo se tratara de una cabeza de ganado, el ilícito quedaría integrado. El delito se comete aun cuando se trate de un solo animal, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador, que es sin duda alguna la protección de la industria ganadera del país.
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Registro digital (IUS): 801184
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXX, Segunda Parte; Pág. 80
Amparo directo 993/56. Mauro Aguilar Hernández. 7 de noviembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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