PENALES

Artículo IUS 801220. ATAQUES A LAS VIAS GENERALES DE COMUNICACION, DELITO DE.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

ATAQUES A LAS VIAS GENERALES DE COMUNICACION, DELITO DE.

El delito de ataques a las vías generales de comunicación previsto en el artículo 167 fracción VII del Código Penal Federal, se comprobó, al acreditarse sus elementos con la fe ministerial sobre las obstrucciones de los cambios de la vía de la "Y"; fe ocular dada por el representante del Ministerio Público, sobre la paralización total de los servicios de los andenes, talleres, patios, oficinas y demás instalaciones del ferrocarril; oficio enviado al representante del Ministerio Público por el superintendente de la empresa, sobre la paralización de trenes de pasajeros y mixtos con motivo del paro ilegal.

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Registro digital (IUS): 801220

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Segunda Parte; Pág. 32

Precedentes

Amparo directo 2835/60. Antonio Gómez Rodríguez. 16 de febrero de 1961. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801220 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801220 de la J. Penales SCJN?

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