Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
El delito de ataques a las vías generales de comunicación previsto en el artículo 167 fracción VII del Código Penal Federal, se comprobó, al acreditarse sus elementos con la fe ministerial sobre las obstrucciones de los cambios de la vía de la "Y"; fe ocular dada por el representante del Ministerio Público, sobre la paralización total de los servicios de los andenes, talleres, patios, oficinas y demás instalaciones del ferrocarril; oficio enviado al representante del Ministerio Público por el superintendente de la empresa, sobre la paralización de trenes de pasajeros y mixtos con motivo del paro ilegal.
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Registro digital (IUS): 801220
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Segunda Parte; Pág. 32
Amparo directo 2835/60. Antonio Gómez Rodríguez. 16 de febrero de 1961. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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