Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
No se desprende que el reo haya obrado repeliendo una agresión con las características que para la integración de la justificante por defensa legítima establece la ley, si no se comprobó que la víctima llevara armas, y en este sentido declaró el acusado, quien sólo expresó que aquél hizo intento de sacar alguna arma, pero que no llegó a realizarlo. En las condiciones apuntadas, debe desecharse la excluyente de referencia, por ausencia del elemento agresión.
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Registro digital (IUS): 801226
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIX, Segunda Parte; Pág. 46
Amparo directo 4345/59. Ciro García Rodríguez. 11 de noviembre de 1959. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 801218. IMPRUDENCIA. CUANTIFICACION DE LA PENA.
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Art. IUS 801228. LEGITIMA DEFENSA (RIÑA).
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