PENALES

Artículo IUS 801249. INCONSCIENCIA, DIAGNOSTICO DEL ESTADO DE.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

INCONSCIENCIA, DIAGNOSTICO DEL ESTADO DE.

Para diagnosticar el estado de inconsciencia se requieren, por su naturaleza eminentemente psicológica, pruebas técnicas especiales, la declaración del acusado no puede conceptuarse suficiente, siendo necesario el dictamen de peritos.

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Registro digital (IUS): 801249

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Segunda Parte; Pág. 84

Precedentes

Amparo directo 8551/60. Jorge Bernal Castillo. 9 de febrero de 1961. Cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801249 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801249 de la J. Penales SCJN?

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