Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
La confesión es indivisible, y, por ende, debe admitirse en su integridad, a menos que no sea verosímil o se encuentre contradicha por otros elementos de prueba, en cuyo caso la confesión calificada podrá dividirse para tomar en cuenta sólo lo que perjudica al inculpado y no lo que le beneficia.
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Registro digital (IUS): 801300
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIII, Segunda Parte; Pág. 12
Amparo directo 8100/62. Adolfo Cárdenas Rivera. 4 de julio de 1963. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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