PENALES

Artículo IUS 801324. AGRAVIOS EN LA APELACION.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

AGRAVIOS EN LA APELACION.

Se entiende por agravios la lesión de un derecho cometida en una resolución judicial por haberse aplicado indebidamente la ley, o por haberse dejado de aplicar la que rige el caso. Por consiguiente, al expresar un agravio debe el recurrente precisar cuál es la parte de la sentencia que lo cause, citar el precepto legal violado y explicar el concepto por el cual fue infringido, y no es apto para ser tomado en consideración, en consecuencia, el agravio que carezca de estos requisitos.

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Registro digital (IUS): 801324

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Segunda Parte; Pág. 10

Precedentes

Amparo directo 746/60. José Luis Castro Malpica. 20 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801324 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801324 de la J. Penales SCJN?

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