PENALES

Artículo IUS 801337. ESTUPRO (LEGISLACION DE PUEBLA).

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

ESTUPRO (LEGISLACION DE PUEBLA).

Se cometió el delito de estupro que define el artículo 251 del Código de Defensa Social en consulta, si el reo realizó la cópula con su novia mediando ofrecimiento de matrimonio, a pesar de que sabía que no podría dar cumplimiento a su promesa, supuesto que era casado, y con ello determinó a la ofendida para que accediera a sus deseos.

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Registro digital (IUS): 801337

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Segunda Parte; Pág. 40

Precedentes

Amparo directo 254/60. Agustín Domínguez Hernández. 20 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801337 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801337 de la J. Penales SCJN?

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