PENALES

Artículo IUS 801371. PARTICIPACION DELICTUOSA.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PARTICIPACION DELICTUOSA.

La coparticipación se presenta, primeramente, desde un punto de vista objetivo, el de la concurrencia real de los delincuentes cuyos actos externos cooperan a los fines del propósito criminal que los inspira; mas para fijar la coparticipación es necesario encontrar no el lazo de unión entre los diversos delincuentes en la actividad externa que los une, sino en el propósito y en el consentimiento de cada uno de ellos para la comisión del delito. Por esto el artículo 12 del Código Penal establece como base de la coparticipación la existencia de un concierto entre los delincuentes.

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Registro digital (IUS): 801371

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Segunda Parte; Pág. 62

Precedentes

Amparo directo 8156/59. Jesús Vicente Guillén. 26 de octubre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Amparo directo 7083/59. José López Cameras. 26 de octubre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801371 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801371 de la J. Penales SCJN?

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