PENALES

Artículo IUS 801475. MIEDO GRAVE O TEMOR FUNDADO (LEGISLACION DE SONORA).

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

MIEDO GRAVE O TEMOR FUNDADO (LEGISLACION DE SONORA).

Es evidente que no quedan comprobados en autos el miedo grave o temor fundado, si no existe al respecto constancia alguna que permita suponer la concurrencia, con el hecho delictuoso, de tal situación psicológica que lo colocara en un estado de incapacidad para entender y querer, tanto la acción como su resultado y, menos aún, la existencia de un peligro real o inminente que fundara el temor a que se refiere la fracción IV del artículo 13 del Código Penal del Estado de Sonora.

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Registro digital (IUS): 801475

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Segunda Parte; Pág. 139

Precedentes

Amparo directo 1234/60. Teófilo Hurtado Yocupicio. 1o. de julio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801475 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801475 de la J. Penales SCJN?

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