Tesis aislada · Sexta Época · Pleno
Cuando dos o más Jueces de diversos Estados, dirimen una competencia y las disposiciones legales relativas sean las mismas en sus correspondientes legislaciones, en el sentido de estimar que es competente el Juez del lugar donde se cometió el delito principal, salvo el caso de acumulación, la competencia se resolverá en los términos de dichas disposiciones.
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Registro digital (IUS): 801484
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XIV, Primera Parte; Pág. 21
Competencia 27/58. Juez Primero Mayor de Ciudad Guzmán del Estado de Jalisco y el Juez de lo Penal de Colima. 12 de agosto de 1958. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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