Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Si existió el acuerdo de voluntades por parte de los acusados para cometer los delitos imputados, no puede ser aplicable el artículo 197 del Código Penal, que se refiere a la responsabilidad correspectiva.
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Registro digital (IUS): 801514
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Segunda Parte; Pág. 73
Amparo directo 8154/59. Margarito Gómez Rodríguez. 26 de octubre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 801511. FEDERACION, DELITOS CONTRA LA. COMPETENCIA FUERO ATRACTIVO.
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Art. IUS 801523. CONFESION, RETRACTACION DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).
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