Jurisprudencia · Sexta Época · Primera Sala
Cuando el objeto materia del robo es destruido o deteriorado por el activo, no puede afirmarse válidamente la existencia de dos lesiones patrimoniales, constituídas, una, por el apoderamiento y, otra, por la destrucción o deterioro. Semejante afirmación entrañaría una recalificación técnica y constitucionalmente inadmisible. En este caso, debe considerarse únicamente la existencia del robo, y en el momento de condenar a la reparación del daño, tener en cuenta el deterioro sufrido por el objeto materia del delito, ya que éste fue recuperado, y condenar al sentenciado al pago correspondiente.
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Registro digital (IUS): 801759
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [J]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXIV, Segunda Parte; Pág. 52
Volumen III, página 71. Amparo directo 5795/56. Aurelio Manzanares Orduño. 11 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.Volumen XXXIV, página 36. Amparo directo 8123/59. J. Guadalupe Alvarez Elizalde. 29 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.Volumen CXII, página 48. Amparo directo 3293/66. Celestino Rubiñes Díaz. 6 de octubre de 1966. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.Volumen CXIV, página 33. Amparo directo 4697/66. Horacio Saldívar Villagrán y coagraviados. 1o. de diciembre de 1966. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.Volumen CXIV, página 33. Amparo directo 3388/66. Rafael Kauil Castillo. 7 de diciembre de 1966. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.Nota: Esta tesis se publicó por segunda ocasión en el Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte, Volumen CXXXV, página 50, por haber aparecido en el Informe del Presidente de la Primera Sala, relativo a 1968, página 35.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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