PENALES

Artículo IUS 801963. DROGAS ENERVANTES. DICTAMENES DE LOS MEDICOS DE SALUBRIDAD.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

DROGAS ENERVANTES. DICTAMENES DE LOS MEDICOS DE SALUBRIDAD.

El dictamen de los médicos de salubridad, sobre que es marihuana la yerba que fue encontrada en el domicilio del acusado, es suficiente para que la autoridad responsable la tuviera como tal, con fundamento en los artículos 288 y 527 del Código Federal de Procedimientos Penales, ya que este último precepto autoriza especialmente a las oficinas de salubridad para emitir peritajes como el que se impugna.

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Registro digital (IUS): 801963

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Segunda Parte; Pág. 49

Precedentes

Amparo directo 1530/59. Ernesto de Jesús Alvarez. 24 de julio de 1959. Cinco votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801963 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801963 de la J. Penales SCJN?

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