Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
El dictamen de los médicos de salubridad, sobre que es marihuana la yerba que fue encontrada en el domicilio del acusado, es suficiente para que la autoridad responsable la tuviera como tal, con fundamento en los artículos 288 y 527 del Código Federal de Procedimientos Penales, ya que este último precepto autoriza especialmente a las oficinas de salubridad para emitir peritajes como el que se impugna.
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Registro digital (IUS): 801963
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Segunda Parte; Pág. 49
Amparo directo 1530/59. Ernesto de Jesús Alvarez. 24 de julio de 1959. Cinco votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 801945. VAGANCIA Y MALVIVENCIA Y OTRO DELITO. INCOMPETENCIA DE LA CORTE (LEGISLACION DEL DISTRITO Y TERRITORIOS FEDERALES).
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Art. IUS 801967. ESTADO DE NECESIDAD.
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