PENALES

Artículo IUS 802072. VEHICULOS, INDEBIDA SANCION DE SUSPENSION PARA LA CONDUCCION DE.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

VEHICULOS, INDEBIDA SANCION DE SUSPENSION PARA LA CONDUCCION DE.

Si el quejoso no tenía el oficio de chofer, es violatoria de garantías la sentencia que lo condena a la pena de suspensión de derechos para manejar vehículos de motor.

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Registro digital (IUS): 802072

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVIII, Segunda Parte; Pág. 46

Precedentes

Amparo directo 9611/63. Jorge Esquinca Aguilar. 29 de octubre de 1964. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo Fernández.Amparo directo 7357/63. Juan Manuel Mendoza López. 16 de octubre de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802072 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802072 de la J. Penales SCJN?

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