Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Si la quejosa fue procesada con anterioridad por el delito de robo, aun cuando no conste en autos que se haya dictado sentencia condenatoria en contra de ella, por lo menos, el proceso seguido hace presumir la mala conducta y, por tanto, la sentencia que así lo estableció en diverso proceso y le negó la condena condicional, es legal.
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Registro digital (IUS): 802332
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Segunda Parte; Pág. 55
Amparo directo 2654/58. Inés Pacheco. 22 de septiembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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