PENALES

Artículo IUS 802344. DROGAS ENERVANTES, POSESION Y SUMINISTRO DE. TOXICOMANOS.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

DROGAS ENERVANTES, POSESION Y SUMINISTRO DE. TOXICOMANOS.

Si el reo poseía el enervante no sólo para su uso personal, sino que además lo suministraba en forma gratuita a otros, contribuyendo con ello a la difusión de la toxicomanía, causando lesión a la salud de los demás, debe concluirse que el Magistrado sentenciador procedió con arreglo a derecho al sancionar tal comportamiento, ya que de todas formas la totalidad del enervante que el reo adquirió no lo utilizaba sólo para su provecho, sino que así mismo lo distribuía entre los prosélitos de dicho vicio.

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Registro digital (IUS): 802344

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Segunda Parte; Pág. 56

Precedentes

Amparo directo 1734/58. Atilano Flores Rivera. 4 de febrero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802344 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802344 de la J. Penales SCJN?

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