PENALES

Artículo IUS 802564. ESTUPRO (LEGISLACION DE CHIHUAHUA).

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

scjn-jurisprudencias-penalestesis_aisladasexta-Épocapenal

Texto Legal

ESTUPRO (LEGISLACION DE CHIHUAHUA).

Si el reo aduce el razonamiento de que de todas formas el delito en estudio no se configuró por el hecho de que la ofendida hubiera prestado su consentimiento para realizar el acto carnal, cabe replicar que precisamente el consentimiento de la mujer menor de dieciocho años, que es obtenido por seducción o engaño, es lo que distingue el estupro respecto del delito de violación sexual, ya que en tanto que en aquél concurre la voluntad por parte de la sujeto pasiva de la infracción, tratándose del delito de violación, la cópula se realiza contra el consentimiento de la ofendida. Por ello se ha dicho simbólicamente que el estupro es el fraude sexual cometido mediante el engaño o la seducción, en tanto que la violación se identifica con el robo sexual.

---

Registro digital (IUS): 802564

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 60

Precedentes

Amparo directo 389/58. Jaime Quiñones Barrón. 10 de junio de 1959. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802564 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802564 de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 802564 del PENALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 802564 PENALES desde tu celular