Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Son situaciones antitéticas que no pueden coexistir referidas a un sólo acto, dada su intrínseca naturaleza, la legítima defensa, su exceso, el temor fundado y la accidentabilidad y la modalidad de riña que, por su ilicitud, elimina las citadas exculpaciones.
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Registro digital (IUS): 802566
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 78
Amparo directo 6882/58. J. Concepción Pineda Mares. 12 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 802564. ESTUPRO (LEGISLACION DE CHIHUAHUA).
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Art. IUS 802567. PRUEBAS, VALOR DE LAS.
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