PENALES

Artículo IUS 802574. ESTUPRO Y VIOLACION. ACUSACION ERRONEA.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

ESTUPRO Y VIOLACION. ACUSACION ERRONEA.

Siendo innegable la atipicidad del acto consumado por el agente o no subsumible en el estupro de que se le acusó, por faltar el elemento rector que escinde esta figura de la violación, o sea que la cópula no se efectuó por consentimiento obtenido fraudulentamente, sino que dicho acto le fue impuesto a la ofendida por medios coercitivos, ello obliga a la concesión de la protección federal que solicita el reo para que el ad quem, tomando en cuenta lo precedente, dicte nueva sentencia poniéndolo en absoluta libertad.

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Registro digital (IUS): 802574

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 231

Precedentes

Amparo directo 4112/58. Fernando Apodaca Escalante. 12 de septiembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802574 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802574 de la J. Penales SCJN?

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