PENALES

Artículo IUS 802671. ERROR EN EL GOLPE.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

ERROR EN EL GOLPE.

La aberratio ictus o error en el golpe, surge cuando, sin confundir a la persona contra la que se dirige la actividad lesiva (caso en el que se configuraría el error in personam), resulta víctima un sujeto diverso de aquél en el que el delincuente se proponía realizar su acción criminosa.

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Registro digital (IUS): 802671

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 51

Precedentes

Amparo directo 933/57. Rafael García Silva. 10 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802671 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802671 de la J. Penales SCJN?

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