Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Los requisitos para la concesión de la condena condicional deben acreditarse y no presumirse, toda vez que la disposición legal relativa supedita tal beneficio a que concurran aquéllos, y no a que no exista prueba en contrario de los mismos.
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Registro digital (IUS): 802880
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Segunda Parte; Pág. 33
Amparo directo 6485/56. Valente Espino Leyva. 21 de octubre de 1957. Mayoría de tres votos. Disidentes: Genaro Ruiz de Chávez y Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 802878. APELACION. PENALIDAD EN CASO DE ABSOLUCION PARCIAL. ACUMULACION (LEGISLACION DE SAN LUIS POTOSI).
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