Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
El artículo 370 del Código Penal, en su párrafo primero, es el aplicable, si no hubo opinión pericial sobre el monto de lo robado.
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Registro digital (IUS): 802933
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Segunda Parte; Pág. 118
Amparo directo 4070/56. Luis Medrano Fernández. 8 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 802927. MIEDO GRAVE, EXCLUYENTE DE.
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Art. IUS 802935. TEMOR FUNDADO, EXCLUYENTE DE (RIÑA).
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