Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
El hecho de que los agentes de la policía trasladaran al reo de una entidad federativa a otra, fue una forma de coacción evidente, y ese viaje tenía que significar intimidación para dicho reo por el hecho de que, en un viaje semejante, otros inculpados en el mismo delito fueron muertos por los agentes del Servicio Secreto, quienes quisieron justificarse con la versión de que los inculpados de referencia habían tratado de fugarse.
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Registro digital (IUS): 803013
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Segunda Parte; Pág. 62
Amparo directo 5507/55. Hugo Izquierdo Ebrard y coagraviado. 2 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. VI.2o.P.8 P (10a.). VIOLACIÓN A LAS REGLAS ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO EN MATERIA PENAL. NO LA CONSTITUYE LA OMISIÓN DE DAR CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO EN EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 155 DE LA LEY DE LA MATERIA, CUANDO EL QUEJOSO ES LA VÍCTIMA U OFENDIDO Y RECLAMA LA NEGATIVA DE LA AUTORIDAD DE LIBRAR LA ORDEN DE APREHENSIÓN CONTRA EL INDICIADO.
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