Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
La circunstancia de que con posterioridad a la denuncia se haya pagado en su totalidad el documento, únicamente afecta a la reparación del daño, que ha sido cubierta, motivando la absolución por este capítulo, pero no se desvirtúa la realización del delito.
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Registro digital (IUS): 803263
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Segunda Parte; Pág. 50
Amparo directo 5675/56. Víctor Manuel Bueno Gutiérrez. 17 de octubre de 1957. Mayoría de tres votos. Disidente: Rodolfo Chávez Sánchez. Ponente: Carlos Franco Sodi.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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