PENALES

Artículo IUS 803467. COMPETENCIA EN CASO DE PLURALIDAD DE DELITOS (DAÑO EN PROPIEDAD DE LA NACION).

Tesis aislada · Sexta Época · Pleno

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Texto Legal

COMPETENCIA EN CASO DE PLURALIDAD DE DELITOS (DAÑO EN PROPIEDAD DE LA NACION).

Comprobado que un vehículo propiedad de la nación y al servicio de ella sufrió una colisión, aunque del mismo hecho hayan resultado dos delitos, es evidente que la nación tiene carácter de sujeto pasivo en el de daño en propiedad ajena, por lo que siendo éste en el caso de carácter federal, el conocimiento del proceso respectivo corresponde al Juez de Distrito de la jurisdicción concerniente, porque el fuero federal es de carácter atractivo.

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Registro digital (IUS): 803467

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen VII, Primera Parte; Pág. 25

Precedentes

Competencia 3/57. Suscitada entre el Juez de Distrito en el Estado de Coahuila con residencia en Piedras Negras y el Juez Segundo del Ramo Penal de Saltillo. 14 de enero de 1958. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803467 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803467 de la J. Penales SCJN?

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