PENALES

Artículo IUS 803481. IMPRUDENCIA PUNIBLE Y PRUEBA PERICIAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

scjn-jurisprudencias-penalestesis_aisladaquinta-Épocapenal

Texto Legal

IMPRUDENCIA PUNIBLE Y PRUEBA PERICIAL.

La imprudencia como elemento subjetivo del delito, no puede ser materia de peritaje, porque en todo caso está sometido a la apreciación del Juez y no corresponde a los peritos emitir opinión sobre la responsabilidad de un inculpado puesto que ésta es facultad exclusiva de las autoridades competentes.

---

Registro digital (IUS): 803481

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 180

Precedentes

Amparo directo 3204/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 13 de octubre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803481 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803481 de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 803481 del PENALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 803481 PENALES desde tu celular