PENALES

Artículo IUS 803487. MIEDO GRAVE, EXCLUYENTE DE.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

MIEDO GRAVE, EXCLUYENTE DE.

Respecto a la excluyente de miedo grave, debe considerarse que tal estado mental produce en el agente perturbaciones somático funcionales susceptibles de interpretación técnica adecuada, y para determinarlo, se necesitan conocimientos médicos especiales; así pues, dicha eximente, para que amerite la concesión del amparo, debe comprobarse en el proceso y para ese efecto se requiere necesariamente una prueba pericial al respecto.

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Registro digital (IUS): 803487

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXI, Segunda Parte; Pág. 32

Precedentes

Amparo directo 9075/61. Leonardo Mendoza Maldonado. 19 de julio 1962. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803487 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803487 de la J. Penales SCJN?

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