PENALES

Artículo IUS 803593. RAPTO, DELITO DE (LEGISLACION DE MICHOACAN).

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

scjn-jurisprudencias-penalestesis_aisladaquinta-Épocapenal

Texto Legal

RAPTO, DELITO DE (LEGISLACION DE MICHOACAN).

El artículo 244 del Código Penal del Estado de Michoacán, para tipificar el delito de rapto, exige los siguientes requisitos: I. El apoderamiento de una mujer. II. El empleo ya sea de violencia o engaño, y III. Que sea con el propósito de casarse, o satisfacer un deseo erótico sexual; y el hecho de que la ofendida sea mayor de edad no desfigura el delito de rapto, porque el artículo mencionado, habla sólo de mujer, sin decir que ésta deba ser menor de edad.

---

Registro digital (IUS): 803593

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 764

Precedentes

Amparo directo 1629/59. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 8 de diciembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803593 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803593 de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 803593 del PENALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 803593 PENALES desde tu celular